Secplan
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Gabriel Beltran
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SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACION
Artículo 14º.- La Secretaria Comunal de Planificación tendrá las siguientes funciones generales.
- Servir de Secretaria Técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal, como así mismo de las políticas, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
- Asesor al Alcalde en la elaboración de los proyectos del Plan Comunal de Desarrollo y del Presupuesto Municipal.
- Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y del presupuesto Municipal e informar sobre estas materias al Concejo a lo menos semestralmente.
- Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de las situaciones de desarrollo de la Comuna con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
- Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.
- Fomentar las vinculaciones de carácter técnico entre las unidades municipales con los servicios públicos y el sector privado de la comuna.
- Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.
- Proporcionar a la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior la información que aquélla solicite a la Municipalidad de conformidad a la Ley.
Artículo 15º.– La Secretaria Comunal de Planificación deberá cumplir además las siguientes funciones específicas.
- Diseñar, implementar y mantener archivos de los planes, programas y proyectos elaborados por esta unidad.
- Recopilar, procesar y entregar la información estadística comunal, a las unidades que lo requieran.
- Elaborar toda la información necesaria para la confección del Plan de Desarrollo Comunal, los programas y proyectos municipales.
- Interpretar y dar a conocer la información estadística que se le requiera.
- Centralizar, recopilar y mantener datos estadísticos nacionales, regionales o comunales, necesarios para la Municipalidad, transformándolos en datos útiles para la toma de decisiones.
- Otras Funciones que la Ley señale o la autoridad superior le asigne. De conformidad a la legislación vigente.
La Secretaria de Planificación y Coordinación tiene como dependiente las siguientes Oficinas con sus correspondientes funciones.
OFICINA DE PLANIFICACION
- Colaborar en el análisis y evaluaciones permanentes de las situaciones de desarrollo de la Comuna con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
- Cooperar en la elaboración de las bases generales y específicas, según corresponda para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.
- Ayudar en la Recopilación y mantención de la información comunal y regional atingente a sus funciones.
- Recopilar, procesar y entregar la información estadística comunal, a las unidades que lo requieran.
- Otras Funciones que la Ley señale o la autoridad superior le asigne. De conformidad a la legislación vigente.
OFICINA DE PROYECTOS
- Colaborar en el asesoramiento al Sr. Alcalde en la elaboración de los proyectos del Plan Comunal de Desarrollo y del Presupuesto Municipal.
- Diseñar, implementar y mantener archivos de los planes, programas y proyectos elaborados por esta unidad.
- Desarrollar perfiles de proyectos, que incluyan diagnóstico de problemas según las metodologías del Ministerio de Desarrollo Social o según las metodologías del tipo de proyecto que se esté presentando, en base a fondo al que se presente el proyecto.
- Realizar las evaluaciones económicas según las metodologías, como también el análisis de alternativas de proyecto.
- Coordinar con los profesionales de la SECPLAN los insumos necesarios para la formulación y presentación de alguna iniciativa de inversión.
- Formular en base a la metodología necesaria según el tipo de iniciativa, proyectos al FNDR (Fondo Nacional de Desarrollo Regional)
- Formular en base a la metodología necesaria según el tipo de iniciativa, proyectos al Gobierno Regional sean FRIL (Fondo Regional de iniciativa local), circular 33, etc.
- Mantener una articulación permanente con el Gobierno Regional, MIDESO, SUBDERE y demás organismos públicos relevantes en la gestión de proyectos de inversión para la Comuna.
- Prestar colaboración en las distintas actividades municipales en que se requiera.
- Otras Funciones que la Ley señale o la autoridad superior le asigne. De conformidad a la legislación vigente.
OFICINA DE VIVIENDA
- Asesorar a las personas interesadas en la postulación de vivienda por medio de los diversos subsidios de Gobierno relacionados con temas de políticas públicas de vivienda a nivel nacional.
- Atención de la demanda espontanea a nivel comunal, llevando un registro tanto de la demanda como de la oferta inmobiliaria local.
- Relacionarse de manera directa con los diversos actores involucrados en los procesos de postulación, adjudicación y ejecución de vivienda, relacionándose tanto con actores públicos como privados de acuerdo a cada situación en particular.
- Realizar actividades de acompañamiento constante con los Comité de Vivienda Comunales, llevando un registro de las etapas del proceso de cada uno de ellos y generando las redes de apoyo y coordinación que agilicen los procesos de obtención de los diferentes beneficios habitacionales.
- Coordinar acciones con diversos actores públicos relacionados con el tema de vivienda a nivel comunal.
- Coordinar acciones con diferentes actores municipales en temas relacionados con desarrollo urbano, infraestructura comunal, áreas verdes, espacios públicos, seguridad vecinal, mobiliario urbano y generación de espaciosaccesibles para personas con discapacidad con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población comunal.
- Generar redes para la obtención de recursos y/o formularios de programas de colaboración para el apoyo de personas en situación de vulnerabilidad social una vez acreditada por los especialistas del área social.
- Otras funciones que la Ley señale o la autoridad superior le asigne de conformidad a la legislación vigente.